Tuesday, September 26, 2017

Waldo Albarracín: TCP no puede invalidar dos referéndums

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) no puede modificar los resultados aprobados en el referéndum constitucional de Bolivia de 2009 de aprobación a la nueva Constitución Política del Estado y el del 21 de febrero de 2016, porque mediante esas consultas los bolivianos ratificaron la validez de la CPE afirmó el rector de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) y exdefensor del Pueblo, Waldo Albarracín.

“Entonces ya son dos referéndums que se constituyen en testimonio claro de la voluntad del pueblo, además por el carácter vinculante que tienen sus resultados; en consecuencia, pediré al Tribunal Constitucional que no modifique lo que el propio pueblo ha aprobado, eso es democrático”, sostuvo.

La postura de Albarracín surge a propósito de que la semana pasada los asambleístas del Movimiento al Socialismo (MAS) presentaron en el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) una Acción Abstracta de Inconstitucionalidad, en busca de que los magistrados invaliden cuatro artículos constitucionales y cinco de la Ley de Régimen Electoral, para habilitar a Evo Morales a una cuarta elección presidencial consecutiva.

Albarracín, en su calidad de activista de los derechos humanos, pidió al Gobierno central respetar la voluntad de la mayoría de los bolivianos, que se expresó en dos referéndums a favor de la actual CPE.

“Por primera vez, en la historia boliviana, el pueblo ha elegido en una Asamblea Constituyente la actual Constitución, con el antecedente de ha sido sometido antes a un referéndum en el año 2009 y es el propio pueblo boliviano que ha aprobado el texto absoluto completo de la Constitución”, en dos consultas públicas.

Asimismo, señaló que el 21 de febrero de 2016, los bolivianos asistieron a las urnas para aprobar o rechazar la modificación del artículo 168 de la CPE, para habilitar o no al presidente Evo Morales y al vicepresidente Álvaro García para las elecciones generales de 2019. En ese entonces, el “No” se impuso con el 51,30 por ciento y el “Si” del oficialismo alcanzó el 48,70 por ciento.

En ese sentido, pidió a los magistrados del TCP no emitir un fallo que históricamente pueda sentar un antecedente funesto para el país, al admitir la Acción Abstracta de Inconstitucionalidad que el MAS presentó. En caso de que acceda a este pedido, los tribunos cometerían acciones ilícitas penalizadas.

“En lo penal puede convertirlos a ellos (TCP) en delincuentes, porque estarían cometiendo delitos de prevaricatos; entonces, creo que lo sano es buscar otro tipo de soluciones a nuestros problemas”, agregó Albarracín.

La semana pasada, asambleístas del MAS interpusieron en el TCP una demanda para que se declare inconstitucionales los artículos 52.3, 64 (d) 65 (b) 71 (c) y 72 (b) de la Ley del Régimen Electoral. Asimismo, se declare la inaplicabilidad de los artículos 156, 168, 285 (II) y 288 de la Constitución, con la cual intentan habilitar al presidente Evo Morales a las elecciones de 2019.

No comments:

Post a Comment